Calculadora de Horas Extras Chile
Calcula tus horas trabajadas y el pago con recargo del 50% según la ley chilena (Art. 32 Código del Trabajo).
Datos del día
La colación no cuenta como tiempo trabajado. El mínimo legal es 30 minutos.
Jornada máxima en Chile: 9 hrs/día (45 hrs/semana). Todo lo que exceda son horas extras.
Completa este campo para calcular el monto exacto a pagar por las horas extras.
Resultados del día
Horas totales trabajadas
—
Horas ordinarias
—
Horas extras
—
Valor hora normal
—
Valor hora extra (+50%)
—
Pago por horas extras del día
—
⚖️ Lo que dice la ley (Art. 32 Código del Trabajo)
• Las horas extras se pagan con un recargo mínimo del 50% sobre la hora ordinaria.
• El máximo legal es 2 horas extras por día.
• Deben pactarse por escrito previamente entre trabajador y empleador.
• Las horas extras sin pacto escrito igual deben pagarse con el 50% de recargo.
Quizás te pueda interesar:
¿Cómo usar esta calculadora?
Hora de entrada y salida: ingresa las horas reales en que llegaste y saliste del trabajo. Si saliste al día siguiente (turno nocturno), la calculadora lo maneja automáticamente.
Colación: el tiempo de almuerzo o descanso que NO se cuenta como tiempo trabajado. Por defecto son 60 minutos, pero puede variar según tu contrato.
Jornada ordinaria: las horas que dice tu contrato. Si trabajas 45 hrs/semana en 5 días, tu jornada diaria es 9 horas.
Sueldo (opcional): para calcular el monto en pesos. El valor de la hora se calcula dividiendo el sueldo mensual entre los días y horas contratadas.
Ejemplos prácticos
👷 Jornada extendida (sueldo $600.000)
Entrada 8:00 · Salida 20:00 · Colación 60 min · Jornada 9 hrs
Total: 11 hrs · Ordinarias: 9 hrs · Extras: 2 hrs
→ Pago extras: ~$11.111 (a $5.555/hr extra)
💼 ¿Cómo se calcula el valor hora?
Sueldo mensual ÷ (días/mes × hrs/día)
$600.000 ÷ (30 × 9 hrs) = $2.222/hr normal
Hora extra = $2.222 × 1,5 = $3.333/hr extra
Errores comunes sobre las horas extras en Chile
"Mi empleador puede no pagarlas si no hay pacto."
Falso. Deben pagarse igual con el 50% de recargo (art. 32 inc. final).
"Se pueden acumular para vacaciones."
Solo si el contrato lo permite explícitamente; por defecto deben pagarse en la liquidación del mes.
Si trabajas en domingo o festivo
El recargo mínimo también es del 50% sobre la hora ordinaria.
El límite de 2 hrs extras/día
Aplica a la jornada ordinaria. Trabajadores de temporada pueden tener acuerdos distintos.